Llevar un Intercomunicador en el casco ¿Te pueden multar?

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¿Llevas un intercomunicador en el casco?

Con el intercomunicador puedes hablar con uno o más compañeros con los que vayas en ruta, escuchar música o incluso responder y realizar llamadas (si sabes como va, claro…).

intercomunicadores-para-ir-en-moto-auriculares-altavoces-manos-libres-moto-mujeres-moterasLas tiendas los venden felizmente como un aparato que puedes instalar y utilizar sin ningún tipo de problema, pero para algunos agentes de la ley la cosa no está tan clara y consideran que se vulnera el artículo 18 apartado segundo del Reglamento General de Circulación en el que, y cito textualmente, <<Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido [fusion_builder_container hundred_percent=”yes” overflow=”visible”][fusion_builder_row][fusion_builder_column type=”1_1″ background_position=”left top” background_color=”” border_size=”” border_color=”” border_style=”solid” spacing=”yes” background_image=”” background_repeat=”no-repeat” padding=”” margin_top=”0px” margin_bottom=”0px” class=”” id=”” animation_type=”” animation_speed=”0.3″ animation_direction=”left” hide_on_mobile=”no” center_content=”no” min_height=”none”][…]>>

Intercomunicador en el casco

Pero además, estos agentes, también entienden que –y ese es el famoso cajón de sastre en el que lo meten todo para justificar sus multas- el conductor de un vehículo está obligado a mantener […] la atención permanente a la conducción.

La atención permanente a la conducción… que magnífica frase… que maravillosa puerta abierta para colar dentro todo lo que los agentes consideren oportuno.

¿Comer un croissant? Distrae… ya no estás atento en conducir sino en lo rico que está y en la grasa que se te va a acumular directamente en el culo. Resultado: multa.

¿Fumar? Distrae… los agentes velan por nuestra salud tanto como por nuestra seguridad. Fumar es malo y en moto más… Resultado: multa.

¿Discutir con el/la copiloto/novio/novia? Distrae… además envejece. Resultado: multa.

¿Hacerse marranadas entre conductor y copiloto? Relaja mucho pero distrae… multa.

¿Leer los cartelitos que ponen en las autopistas con esas rimas y frases populares como el número de fallecidos? Eso no distrae porque lo ponen ellos.

Aunque no todas son factibles para que las hagamos desde encima de una moto, si son multas frecuentes que hemos visto, leído y oído.

Pero el caso de los intercomunicadores es distinto. ¿Está multado llevar música en el coche? No. Pues usar los intercomunicadores en moto tampoco.

intercomunicadores-para-ir-en-moto-auriculares-altavoces-manos-libres-moto-mujeres-moterasEn 2010 el Juzgado de Zaragoza falló a favor de un motorista que había sido multado por usar intercomunicadores. Según el Juez, un intercomunicador no es un auricular que se introduce en el oído sino que se acopla al casco a modo de altavoz, como podría ser el del mismo coche.

Intercomunicador en el casco

Así argumentó el Juez […] se trata de unos pequeños auriculares que se colocan en el casco, no en los oídos, pero frente a estos. Ello parece que nos llevaría a concluir que estamos ante unos auriculares, y que por lo tanto se infringe la prohibición, pero el caso es que la diferencia entre un altavoz y un auricular viene a ser no la forma o el tamaño, sino la forma de utilización, de modo que el auricular está en contacto con la parte interior de la oreja, tapando el oído, lo que supone impedir o dificultar enormemente la recepción de otros ruidos, tapados por el auricular y normalmente superados por el sonido que sale del mismo, además de producir o favorecer un cierto ensimismamiento del conductor.

Por ello en esta configuración, al no ir pegados al oído, nos encontramos más bien ante un altavoz, que no se pega al oído y que, en principio, puede tener un efecto limitador de la percepción de ruidos externos, que se suma al de que por si produce el casco, pero el mismo en realidad es similar al de un altavoz dentro de un coche (en coches bien insonorizados y con un aparato de música potente prácticamente no se oye el exterior si se lleva a cierto volumen aquel), el cual no está prohibido.

En resumen, posiblemente nos encontramos ante un supuesto que la normativa habría querido prohibir, pero que no encaja exactamente en la prohibición, o al menos suscita grandes dudas, y por ello, en espera de una posible clarificación normativa, se debe aplicar el principio del in dubio pro reo, por lo que procede a estimar el recurso y dejar sin efecto la sanción.[…]

Por tanto, usar intercomunicadores en modo comunicación o modo música equivale a llevar el manos libres o la música en el coche, con lo que atendiendo a esta sentencia, no está prohibido.

Si os multan por este motivo, armaros de paciencia y recurrir ya que una Sentencia Judicial firme nos ampara.

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